miércoles, 30 de noviembre de 2011

VIOLENCIA DE GENERO. QUE HACER. PARTE II

 segunda parte:

Si la ley es un mínimo de  moral generalmente aceptada hoy por hoy consideramos que la agresión de género es una conducta indeseable. Se ha evolucionado a tal punto que aún debemos acotar que siendo de carácter excepcional la violencia de género no excluye  la agresión  hacia un hombre. De todas formas estadísticamente estas son excepciones. Cuando se piensa en violencia de género se piensa en el maltrato hacia la mujer,  porque eso es lo que ha ocurrido siempre si bien recientemente se han esbozado normas para combatir este flagelo. 
Ya hablamos que la violencia de género es abarcativa no solo del ámbito familiar sino que se da en distintos ámbitos. El laboral, el mediático ( la reducción de la mujer a objeto sexual en revistas, televisión etc). Siendo el tema tan extenso y dado lo acotado de nuestro espacio vamos a focalizar esta nota en la VIOLENCIA EN EL AMBITO DOMESTICO.
Como la ha definido el Consejo de Europa la violencia domestica ”es toda acción u omisión cometida en el seno de la familia por uno de sus miembros que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica o incluso la libertad de otro de los miembros de la misma familia, que causa un serio daño al desarrollo de su personalidad”. ( observemos que la definición no aclara  si se es hombre, mujer o niño).
Las primeras pautas legislativas la dan las Convenciones Internacionales,  que intentan erradicar prejuicios y practicas basados en la superioridad de cualquiera de los sexos a mediados del siglo pasado.
En el ámbito de la Ciudad de Bs.As. rige la ley nacional 26.485 y la ley 24.417. En la Provincia de Bs. As la ley 12.569. Si bien la Constitución de la Ciudad Autónoma  Bs. As. prevé la creación de Tribunales de Vecindad con competencia entre otras para la prevención de la violencia familiar, esto no se ha realizado, así que será competente el juez que corresponda al tipo de violencia ejercida.  Entonces , si lo es en el ámbito familiar lo será en la Ciudad de Bs As,  el Juez Nacional en lo Civil,  o el Tribunal de Familia o Juzgado de Paz con competencia en el tema, en Pcia de Bs.As.  El proceso es sumarísimo y gratuito, pudiéndose dictar en cualquier etapa del proceso medidas preventivas urgentes.
Quien puede denunciar:  tanto las ley provincial 12.569 como la ley nacional 26.485 establecen un concepto ampliado de familia,  extendiéndola no solo a la unión de pareja y su descendencia, sino incluso a los novios, ascendientes y descendientes en cualquier grado ( abuelos, nietos) colaterales (hermanos, tíos, sobrinos), hijos de parejas. También se incluyen relaciones terminadas no siendo requisito la convivencia .
Como se denuncia: en forma escrita o verbal ante la autoridad correspondiente. La primer presentación puede ser hecha sin abogado.
El juez toma una serie de medidas: a) exclusión del hogar del presunto autor de la violencia, B)  prohibición de acceso al hogar y acercamiento a cualquier ámbito donde se encontrara la víctima,  c) orden de reintegro y restitución de objetos personales, d) reintegrar la victima  al hogar si esta fue obligada a retirarse, e) si hay menores fijar alimentos provisorios, f) disponer el inventario de los bienes gananciales, g) prohibición del agresor de comprar armas. La ley establece además una mediación. Luego se hace un diagnóstico y se señala un camino a seguir según sea el caso. Una vez tomadas estas medidas se agota la intervención judicial. No obstante con esto el procedimiento no termina. El agresor de acuerdo sea su motivación deberá seguir algún tratamiento o de desintoxicación, o psiquiátrico, psicólogico, etc. Si fracasan estos tratamientos se ha estudiado la posibilidad de alguna medida conminatoria como multas, pero eso excede al ámbito de esta ley. Así que las sanciones vendrán por parte del juez penal de acuerdo si ha habido lesiones en distintos grados, amenazas, etc.  Para el Juez Civil (de Familia o de Faltas) se agota su intervención con la toma de estas medidas que señalamos. Resumiendo:  En caso de sufrir violencia acercarse al Juez Civil competente o a la Oficina de Violencia Familiar en el caso de la Ciudad de Bs As o a las Comisarías de la Mujer y Juez de Familia o de Faltas en el ámbito de la provincia de Bs.As.  De haber mediado algún delito intervendrán las autoridades penales correspondientes.
Si bien la legislación es muy pretenciosa en cuanto contempla hogares transitorios, asistencias psicológicas, etc esto no sido todavía implementado. Así que por el momento lo único que se trata de hacer es resguardar a la victima de su victimario. Tema  de difícil solución, cuyo principal remedio en nuestra opinión  no puede ser dado por los jueces: EDUCACION.

    Dra. Mirta Vladimirsky (Tº 30  Fº 321 Colegio Público Abogados de Capital Federal.) cel.1564635098 y  Dra. Claudia Belatti ( Tº 34   Fº 146  Colegio Público Abogados de Capital Federal)  cel. 1536492374 -

2 comentarios:

  1. ¡Qué duro! Todos los días se escucha algo en las noticias con relación a esto, o se conocen casos cercanos en el barrio, entre conocidos y a veces hasta en amistades.
    Se escucha y se vé la intervención de las autoridades en la mayor parte de los casos, pero a mí siempre me queda la sensación de que ahí no termina la cosa... Falta algo, un cierre definitivo que parece no darse en muchos casos y que a larga termina mal, muy mal, sobre todo si hay chicos.
    Y como dice Iam, como diría nuestra amiga Dama de oro, me da tanta bronca que mejor no digo más nada...-
    Besos Claudia...

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  2. Sabes que pasa Moni, el codigo penal existe y es muy bueno, a pesar de su antiguedad. Si hay amenazas o lesiones leves esos son indicios que NO DEBEN DEJARSE DE LADO POR LOS FISCALES, QUE SON LOS MAS CONFIABLES PARA INTERVENIR EN ESTOS CASOS. Lamantablemente hasta que no hay una muerte no se actua. El fenomeno como vimos no es novedoso y en algunas culturas muy actuales esta legitimado pegarle a sus mujeres, abusarlas sexualmente y hasta hacer alarde de ello. Es un derecho que ellos piensan tener. Y no hace falta irse hasta oriente. Muchas comunidades sudamericanas, paises limitrofes con gran cantidad de habitantes aca tienen aun una cultura tremendamente machista.Incluso muchas provincias argentinas, particularmente algunas mesopotamicas. No estoy discriminando . Estoy alertando y tratando de avivar a esas mujeres. No son menos que nadie queridas. Son seres libres y capaces. El problema es que si a eso le unis la pobreza a donde van?, donde se refugian?, el miedo es un mal consejero. Se da con gente de mayor poder economico pero al menos tienen donde refugiarse( papa, mama, hermano)Yo conoci una chica en Tierra del Fuego que llego a oir hasta ahi de su marido. Paradoja inicio una nueva vida y le iba muy bien, pero hay que tener recursos economicos y basicamente culturales. Y no sigo porque como tu amiga me amargo.

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