martes, 5 de julio de 2011

CUANDO ME JUBILO?

Vamos a comenzar a tratar un tema que nos piden mucho y es entendible porque falte más  o falte menos a todos ,si tenemos suerte, nos llega la edad de jubilarnos. En ese momento deberemos  acreditar una serie de requisitos para obtener   una jubilacion llamada ORDINARIA
En esta primera aproximación a un tema que muta cada dia vamos a lo básico. Una jubilación standard, sabemos que hay jubilaciones de privilegio, algunas por razones muy lógicas , otras no tanto ,pero no es el tema a tratar,  y no se si sabian pero hay jubilaciónes agravadas. ( como las de las Cajas de Profesionales que requieren más años de aportes y mayor edad a las mujeres, si , esa es nuestra suerte amigos, una jubilación anti-previlegiada,  yo también lo lamento gracias, desligo a mi colega la Dra.Vladimirsky de este comentario que pongo enteramente a mi cargo.).
Bueno , el régimen básico común de la JUBILACION ORDINARIA, tambien llamada por Vejez, tèrmino que aca no usamos,   requiere: ( al momento de esta nota 5 de julio de 2011)

Para las mujeres tener 60 años de edad ( aunque el trámite puede iniciarse 120 dias  antes para justamente que este listo al cumplir la edad)

Para los hombres 65 años ( igual aclaración que lo anterior)

30 años trabajados y con   aportes tanto sea como autónomos como en relación de dependencia. Esto es igual tambien para hombres y mujeres.

Qué debemos guardar para cuando llegue el momento.?  Si están en relacion de dependencia y son prolijos, cada vez que cambiaron de lugar de trabajo seguramente pidieron un certificado de trabajo. Ahí la empleadora hace constar todos los aportes que realizó y uds se quedan tranquilos que tienen todo en regla. Si no lo hicieron seguramente guardaron los recibos de sueldo. Con esa documentación ya podemos comenzar a armar nuestra carpetita para el trámite.
Si son autónomos y son muy prolijitos seguramente tendrán los comprobantes de impuestos de los 30 años en que ejercieron como autónomos y los respectivos aportes que fueron haciendo a la caja.

Que pasa si no fuimos tan prolijos?, eso amigos, es otro tema. Todo es subsanable, algunos acuden a las moratorias, otros pueden utilizar la declaracion jurada, otros tienen que comprar periodos, o en muchos casos los aportes figuran registrados ( después de 1994) en las bases de datos, con lo cual la acreditacion se facilita mucho. Pero como todo en la vida en el Derecho es mejor prevenir que curar asi que guarden todo lo relativo a su vida laboral, todo llega¡¡¡¡

3 comentarios:

  1. Qué bueno que empezaron con este tema! Soy una de las que se interesa y no tiene todo lo que se necesita! Trabajé durante 11 años, 10 de ellos en Banco del Oeste que fué intervenido en 1986, fuí una de las primeras en retirarme, por motivos personales! Eso está todo documentado, ¿hay alguna posibilidad de que pueda lograr una Jubilación o Pensión de algún tipo, cumplo 60 en el 2013?
    Besos y muchas gracias por tus repuestas anteriores!

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  2. Gracias por preguntar Moni. te cuento que si tenes 11 años trabajados muy probablemente puedas entrar en moratoria. Pero esto es lo que sucede al dia de hoy. En este tema las cosas cambian de un dia para el otro. En el 2013, si estamos aca, volveme a preguntar. Besote . Grande.

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  3. CUANDO CUMPLA 65 AÑOS,TENDRE 35 AÑOS DE ANTIGUEDAD EN LA ADMINISTRACION PUBLICA. TAMBIEN TENGO 4 AÑOS DE APORTE EN EL SECTOR PRIVADO. MI PREGUNTA ES ,: ME PUEDEN OBLIGAR A JUBILARME ANTES DE LOS 65 AÑOS ???,ES DECIR A LOS 61 AÑOS COMPUTANDO LOS 4 AÑOS DE APORTE PRIVADO?? GRACIAS.

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