Cuando contratamos a alguien para que haga desde una simple reparación o una reforma más o menos importante, tenemos que tener en cuenta que estamos celebrando lo que se llama un Contrato de Locación de Obra. Si la reforma es importante es bueno tener un presupuesto por escrito y volcar aunque sea de forma informal los plazos y precios en que se comprometen a entregarnos la obra. Después no tendremos problemas si nos dicen bueno pero esto no estaba contemplado y esto si . Lo tenemos escrito y presupuestado, y es válido para ambas partes en caso de conflicto. Una persona que está trabajando en nuestra casa en estas circunstancias, sin un horario fijo, que es el director del propio proyecto, que no es dirigido por nosotros, no es nuestro empleado y no tenemos una relación laboral con el. De todas formas si se produce algun daño en su integridad fisica podemos tener una responsabilidad derivada del Codigo Civil por ser el dueño de la cosa. Es decir, supongamos que le prestamos a nuestro albañil una escalera y esa escalera se rompe y el albañil se cae y se lastima. Nos veremos enfrentados a un reclamo por daños.Para prevenir esos casos lo mas inteligente es: 1) si la reforma es grande, les va a salir más caro pero no duden en contratar una empresa con un arquitecto o constructor responsable y que les presente todos sus empleados cubiertos por una ART . 2) Si la reforma es menor pero implica un riesgo como el caso de un silletero por ejemplo, esta persona deberá presentarse con su inscripción de autónomo y con su seguro al dia. 3) Si la reforma es menor, un pintor por ejemplo que nos pintará la casa, que los elementos de trabajo los traiga el mismo encargado de realizarlo. No presten escaleras, agujereadoras, ni objetos que impliquen un eventual riesgo. ( art. 1113 Codigo Civil. Riesgo creado). Sin entrar en discusiones doctrinarias este es el meollo de este artículo y las previsiones que hay que tener para no lamentar conflictos. Que les quede lindo¡¡¡¡¡
No hay comentarios:
Publicar un comentario