No vamos a hablar ni de estadísticas médicas ni de teorías psicológicas, ni vamos a hacer una apologia del matrimonio como un viejismo programa de television que animaba a la gente a casarse. Vamos a abordar el tema obviamente desde el punto de vista legal.
Casarse no es la firma, la libreta y el arroz es un contrato entre partes que implica derechos y obligaciones.
Si dos personas conviven sin casarse pierden algunos derechos muy importantes.
Cuando un bien es comprado por uno de los cónyuges durante el matrimonio ese bien es ganancial, es decir corresponde a ambos cónyuges en un 50%. cada uno. Si uno de los cònyuges fallece el otro retira su mitad y el resto se dividirá entre los hijos si los hubiere. El cónyuge superstite además no puede ser desalojado del hogar conyugal, por más que los hijos pidan su parte de la herencia. El derecho a pensión se otorga tanto a la viuda como a la conviviente, pero no el derecho a herederar bienes del fallecido. Además en caso de divorcio la mujer que ha servido al hogar conyugal cuidando de su familia y no es culpable de divorcio posee el derecho a pedir alimentos para si. Lo mismo si el caso fuera inverso, no es lo más común, pero puede ocurrir .Por ejemplo que el hombre se discapacite , entonces el derecho alimentario pesara sobre la mujer que debera pasar alimentos al conyuge. Asi que el hecho de casarse o no , no es irrelevante desde el punto de vista juridico y trasciende a la torta y a la fiesta. Hay países que admiten los contratos prenupciales donde se establecen cláusulas y condiciones antes de la celebración del matrimonio, pero de momento nuestro derecho no lo contempla , asi por ahora en la Argentina lo tuyo es mio y lo mio es tuyo, salvo que se compre con bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio y se haga constar expresamente en la escritura de compra. Para pensarlo seriamente.
"El derecho se supone conocido por todos". Esta es la premisa de la que parte nuestro sistema jurídico. Pero es asi? La idea es explicarles en forma sencilla los lineamientos base del sistema legal argentino, para poder desenvolverse en las relaciones inter-personales, evitando los conflictos que muchas veces se dan justamente por desconocimiento.
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domingo, 26 de junio de 2011
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